MUNICIPALIDAD ASESORAMIENTO PREVENTIVO PARA ATENDER EN LIMA
En cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Ley 19338 (Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil) y sus modificatorias; Ley 29664 (Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres) y Decreto Supremo N° 098-2007-PCM (Plan Nacional de Operaciones de Emergencia), los Gobiernos Locales (Municipalidades a Nivel Nacional) tienen la obligación y responsabilidad de elaborar sus respectivos Planes de Operaciones de Emergencia. Para este propósito OFREZCO asesoramiento Y/O CONSULTORIA EXTERNA, para Elaborar dicha documentación y preparar el accionar preventivo y de respuesta frente a situaciones de emergencia que puedan ocurrir en sus respectivas jurisdicciones territoriales; además de preparar entre otras las siguientes: Acciones Preventivas • Implementar la Organización Efectiva del Comité Provincial o de ser el caso Distrital de Defensa Civil, emitiendo los dispositivos legales pertinentes, de acuerdo a los lineamientos establecidos por el SINADECI. • Garantizar el funcionamiento permanente del Comité Provincial o de ser el caso Distrital de Defensa Civil, sus Comisiones y la Oficina de Defensa Civil. • Organizar eventualmente la conformación del Centro de Operaciones de Emergencia Provincial o de ser el caso Distrital, incluyendo el empleo del aplicativo informático del Sistema Nacional de Información para la Prevención y Atención de Desastres (SINPAD). • Implementar los mecanismos de Monitoreo permanente de su jurisdicción, por intermedio de los organismos que conforman el SIREDECI, a fin de estar en capacidad de identificar en forma oportuna los peligros inminentes de carácter natural u originados por el hombre, analizando las vulnerabilidades y estimando los riesgos que estos implican, a fin de determinar las acciones pertinentes para reducir los efectos dañinos del desastre y prepararse para una respuesta oportuna, eficaz y eficiente. • Asesoramiento para la Elaboración de Inventarios actualizados de los recursos humanos y materiales disponibles en su jurisdicción que pueden ser empleados para la atención de las emergencias. • Asesoramiento para la formulación de planes provinciales o de ser el caso distritales, las acciones a desarrollar por los organismos que conforman el Comité de Defensa Civil y las medidas que debe adoptar la población, ante los posibles fenómenos naturales y/o inducidos por el hombre que puedan presentarse en su jurisdicción, • En coordinación con los elementos de primera respuesta que actúan en su jurisdicción, organizar y capacitar, oportuna y permanentemente, a las Brigadas de Defensa Civil en apoyo a dichos elementos, llevando el Registro de Brigadistas de su jurisdicción. • Programar y desarrollar cursos de capacitación en Prevención y Atención de Desastres dirigidos a los integrantes de los Comités de Defensa Civil • Super visar el funcionamiento de los Comités de Defensa Civil Subordinados, verificando su organización, implementación y funcionamiento permanente, incluyendo sus respectivos Centros de Operaciones de Emergencia. • Implementar uno o más Grupos de Intervención Rápida – GIRED para su jurisdicción, integrados por personal capacitado en operaciones de emergencia especializadas, a fin de desplegarlo a las zonas de la emergencia, en apoyo a los Comités de Defensa Civil afectados. Acciones de Respuesta: • Asesoramiento para la efectiva elaboración de la Evaluación de Daños y el Análisis de Necesidades en el ámbito de su competencia, informando al COEN a través del SINPAD. • Supervisar y centralizar la evaluación preliminar y definitiva de daños y mantener enlace con los Comités de Defensa Civil, involucrados en la emergencia. • Disponer la conformación y despliegue de los Grupos de Intervención Rápida – GIRED a las zonas de la emergencia, en apoyo a los Comités de Defensa Civil de su jurisdicción, involucrados en la atención de emergencias cuya magnitud y situación lo justifique. • Regular las operaciones de las Instituciones y Entidades de Primera Respuesta. • Dirigir la evacuación de la población de lugares afectados hacia áreas de seguridad, en los casos que la situación lo requiera. • Coordinar las acciones para el restablecimiento de los servicios públicos esenciales (agua, desagüe, energía eléctrica, vías de comunicaciones). Acciones de Rehabilitación: • Apoyar el proceso de formulación y supervisar la ejecución de planes y programas de rehabilitación de las zonas de su jurisdicción afectadas por desastres. • Apoyar la formulación de requerimientos de apoyo material, técnico, económico y financiero para la rehabilitación de zonas afectadas por desastres, para su gestión ante los Organismos del Estado correspondientes. Contacto: Marco Antonio Ledesma Villena Especialista en Gestión de Riesgo y Seguridad Asociación Protección Civil Perú Teléfono: Fijo 01-3011657 – celular 934883877 ledesmamarco@hotmail.com
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